¿Están cubiertos los implantes dentales en afectados por fisura labio palatina?

Sí. Dentro del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, en su punto 9. Atención a la salud bucodental, se indica qué el tratamiento de implantes dentarios está excluido, "excepto lo previsto en la división RP Implantes reparadores del apartado 6 del anexo VI".  Este Apartado 6 del Anexo VI indica en su punto RP 2 0 1, se indica la cobertura del "Implante dental, para pacientes con procesos oncológicos que afectan a la cavidad oral que impliquen la pérdida de dientes relacionada directamente con la patología o su tratamiento, y pacientes con malformaciones congénitas que cursan con anodoncia (fisurados, malformaciones linfáticas, displasia ectodérmica, síndromes craneofaciales, etc.)"
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¿Está el tratamiento multidisciplinar de fisura labiopalatina cubierto por Salud Aragón?

Sí. Aunque las competencias relacionadas con la sanidad han sido traspasadas a las comunidades autónomas, estás está obligadas por ley a una cartera mínima de servicios que deben cubrir. Esta cartera de servicios mínimos está regulada dentro del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. En dicho real decreto se establece "el contenido de la cartera de servicios comunes de las prestaciones sanitarias de salud pública, atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, ortoprotésica, de productos dietéticos y de transporte sanitario". También indica que en los casos que la administración no pueda ofrecer "alguna de las técnicas, tecnologías o procedimientos contemplados en esta cartera en su ámbito…
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